La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la reforma que crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar, al considerar que el traslado de recursos de cuentas individuales inactivas de personas adultas mayores no implica una expropiación de los ahorros de los trabajadores, quienes conservan el derecho a reclamarlos.
La decisión da certeza jurídica al esquema, aunque subsisten cuestionamientos sobre su sostenibilidad financiera y el eventual costo fiscal. Para las empresas y sus trabajadores, el punto práctico relevante es la importancia de mantener actualizada la información de las cuentas individuales y de las Afores para el ejercicio oportuno de los derechos pensionarios.